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¿Está usted dentro del Fichero de Morosos?

A casi todos nos ha pasado, se calcula que alrededor del 80% de la población española ha sido incluido alguna vez en el Fichero de Morosos ya sea por causas achacables a nuestra deuda con una empresa o bien  porque dicha empresa se ha tomado la libertad de solicitar nuestra incursión sin motivo objetivo.

Ahora bien, ¿Que es el denominado "Fichero de Morosos"?

El llamado "Fichero de Morosos" es conocido habitualmente por sus nombres comerciales como "Asnef".




Con estas siglas se designa a la ASOCIACIÓN NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS, creado en 1967, y con ellas identificamos al fichero más representativo en este país, en cuanto a información relativa a la solvencia patrimonial y de crédito, coloquialmente fichero de morosos.
ASNEF, es una base de datos gestionada por EQUIFAX SERVICIOS SOBRE SOLVENCIA Y CREDITO S.L. (en adelante EQUIFAX), que se nutre de la información aportada por sus propios socios, integrados básicamente por; Entidades Financieras (Bancos, Cajas, Entidades Financieras de Crédito, etc.), entidades de telecomunicaciones, operadoras de servicios energéticos (electricidad, agua, gas), editoriales y aseguradoras.
El acceso a ASNEF proporciona una imagen de la situación del individuo ante su comportamiento de pago, permitiendo a los socios de EQUIFAX tener una herramienta para decidir sobre la concesión o no de  un crédito, una línea telefónica, o cualquier producto financiero.
Por lo tanto, ASNEF hace una doble función, por un lado, asegura que ante un impago por parte de los clientes de los socios de EQUIFAX, pueden incluirlos para asegurarse el pago, y por otro lado,  asegurarse de que sus clientes presentes y futuros están al día con todas sus obligaciones dinerarias.
El fichero ASNEF se encuentra regulado por el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.



¿Cómo puede saber si está en un fichero de morosos?

En principio, cuando se inscribe a alguien en un fichero de morosos, dicha persona deber ser notificados, a través de un medio fiable que permita acreditar la efectiva realización de dicha notificación (correo certificado, burofax…), por el titular del fichero, en un plazo de 30 días.

Debe efectuarse una notificación por cada deuda concreta y determinada con independencia de que ésta se tenga con el mismo o con distintos acreedores.

Asimismo, también debe informarse al consumidor de la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

No obstante, esta obligación legal de comunicación es frecuentemente incumplida por dichos registros (por lo que se pueden emprender medidas legales).

Una buena forma que tiene el consumidor de averiguar si consta en un registro de morosos, es acudir a su banco o caja de ahorros y preguntarles a ellos, ya que ellos tienen fácil acceso a tales registros. Tenga en cuenta que dar tal información no es obligación de su banco o caja, por lo que es importante que le pida el favor a la entidad de su confianza con la que suela trabajar, ya que de este modo será raro que le pongan pegas.



¿Qué condiciones deben cumplirse para aparecer en un fichero de morosos?

● Se requiere que exista una deuda cierta y exigible, vigente e impagada por parte de la persona que ha sido introducido en un registro de morosos

● Que no hayan transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.

● Debe haber habido un previo requerimiento de pago por parte del acreedor, sin respuesta de pago por parte del moroso.

● No debe existir prueba documental que anule alguno de los puntos anteriores.



¿Quién puede acceder a la información contenida en el fichero de morosos?

Los datos contenidos en el fichero sólo pueden ser consultados por terceros que quieran conocer la solvencia económica del consumidor; por tanto, sólo se podrá acceder a la información en los siguientes supuestos:

● Cuando el consumidor mantenga con el tercero algún tipo de relación contractual que aún no se encuentre vencida.

● Cuando el consumidor pretenda celebrar con el tercero un contrato que implique el pago aplazado del precio.

● Cuando el consumidor pretenda contratar con el tercero la prestación de un servicio de facturación periódica.



¿Durante cuanto tiempo pueden figurar los datos en el fichero de morosos?

El pago o cumplimiento de la deuda determinará la cancelación inmediata de todo dato relativo a la misma.

En los restantes supuestos, los datos deberán ser cancelados cuando se hubieran cumplido seis años contados a partir del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.



¿Cómo se puede salir de un fichero de morosos?

La única forma de salir de los ficheros de morosos es cumpliendo con la deuda, demostrando que ésta no existe y solicitando que tramiten su baja del fichero, mediante este modelo para el ejercicio del derecho de cancelación.

En principio el acreedor está obligado a comunicar al fichero de morosos la cancelación de la deuda en el plazo de una semana. Sin embargo, en su propio interés, es conveniente que el consumidor acredite ante el fichero de morosos la inexistencia de la deuda, aportando la documentación en la cual se pruebe que tal deuda ya no existe (por ejemplo mediante un recibo, un resguardo bancario, una factura…), junto con una copia de su DNI o NIE.

Si el consumidor decide acreditar la inexistencia de la deuda, aportando la documentación necesaria, debe guardar una copia de dicha documentación en su poder, pues, en caso de que finalmente acuda a los tribunales, necesitará de dicha copia.

El titular del fichero deberá responder a la solicitud de eliminación de sus datos del fichero en los diez días siguientes.

Si pasado dicho plazo de diez días no se ha obtenido repuesta, conviene presentar una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) adjuntando una copia de los trámites realizados y de la solicitud de baja cursada.



¿Se puede reclamar, y a quién, por constar indebidamente en un fichero de morosos?

Si sus datos han sido introducidos en un fichero de morosos sin haberse cumplido los requisitos necesarios para ello, está en su derecho de reclamar, tanto a la empresa que le introdujo en dicho fichero como al fichero mismo, ya que éste ha incumplido su obligación de corroborar que se daban los requisitos necesarios para introducir sus datos.

De un lado puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos para que sus datos sean inmediatamente borrados del registro de morosos.

De otro lado, puede reclamar por la vía judicial, una indemnización por los daños y perjuicios que se le hayan causado. Puede reclamar a la empresa que le introdujo en dicho fichero, cuando ésta le introdujo en el mismo indebidamente, o cuando la empresa no cumplió con su obligación de sacarle del fichero una vez que usted ya había pagado su deuda. Y puede reclamar al fichero de morosos cuando éste no le notificó que sus datos habían sido introducidos en él, o cuando el fichero no cumplió con su obligación de borrar sus datos una vez que su acreedor comunicó al fichero que usted ya había liquidado su deuda.


¿Tengo derecho a una indemnización, si consto indebidamente en un fichero de morosos?

Si sus datos han sido introducidos en un registro de morosos sin haberse cumplido los requisitos necesarios para ello, y ese hecho le ha supuesto un perjuicio que pueda probar, usted está en su derecho de demandar ante los tribunales una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, debiendo demostrar y cuantificar el perjuicio sufrido.

Si el importe a reclamar es por una cantidad inferior a 2000€ no requerirá de abogado ni procurador. Para ello, puede usar este modelo de demanda.

Teléfonos de contacto:
● Asnef-Equifax . Tf: 91 781 44 00
● Agencia de Protección de Datos Tf: 901 100 099.


SI ESTÁ INCLUIDO EN UN FICHERO DE MOROSOS Y QUIERES SALIR DE EL, NO DUDE EN PONERSE EN CONTACTO CON letradosgranada@gmail.com Y LE ASESORAREMOS SIN NINGÚN TIPO DE COMPROMISO, ESTE DESPACHO ESTÁ ESPECIALIZADO EN ESTE TIPO DE CONSULTAS.

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