Páginas

Criterio de Caja en el IVA


A partir de enero de 2014 las pymes podrán aplicar el criterio de caja en el IVA. En la actualidad el criterio que se utiliza es el criterio de devengo, por lo que, para conocer de una manera más exhaustiva la repercusión de esta noticia indicaremos en qué consisten ambos criterios:

* Criterio de devengo: El criterio de devengo establece que la imputación a ingresos o a gastos tiene lugar en el momento en el que se realiza efectivamente la operación, con independencia de si dicha operación ha conllevado efectivamente un movimiento de caja, es decir, si dicha operación se ha cobrado o no.

* Criterio de caja: El criterio de caja establece que la imputación a ingresos o a gastos tiene lugar en el momento en el que ocurre la corriente monetaria de la operación, independientemente de cuando ésta ha tenido lugar.

Esta medida se ha tomado debido a la situación de crisis actual en la que nos encontramos, que provoca la existencia de una elevada morosidad que tiene como consecuencia que muchas pymes deban ingresar a la Agencia Tributaria un IVA que no ha sido cobrado.

Este criterio de caja será voluntario para aquellas pymes con una cifra de negocios inferior a dos millones de euros y que no tributen por el sistema de módulos, pagando el impuesto en el momento de cobrar la factura. Esta decisión voluntaria tiene implicaciones para la empresa, debido a que las empresas que opten por él deberán mantenerse en él durante  un período de dos años.

Igualmente hay que destacar que el criterio de caja, implica que la empresa no pueda deducirse el IVA de aquellas facturas que no han sido pagadas por ésta, en el criterio de devengo sin embargo la empresa si podrá deducirse el IVA, aunque no haya pagado la factura. Este hecho es independiente de que la otra parte de la operación, es decir la otra empresa haya optado por mantener el criterio de devengo.

Las grandes empresas no tendrán la posibilidad de acogerse a este nuevo sistema, esto provocará la existencia de problemas en el momento en el que se produzca una operación entre una gran empresa y una pyme, ya que las grandes empresas no podrán reclamar la devolución del IVA hasta que no paguen la factura, ya que en el caso de que la pyme opte por el criterio de caja, ésta no realizará el ingreso a hacienda hasta que no cobre la factura. Esto provocará una serie de problemas contables.

Las pymes que se acojan al criterio de caja deberán asumir un mayor control fiscal por parte de la Agencia Tributaria. Todavía no han sido establecidos por parte del gobierno los requisitos que habrán de cumplir las empresas que opten por el criterio de caja, pero seguramente supondrá un incremento de las obligaciones formales para pymes y autónomos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario